El Consejo y el Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo provisional para simplificar los requisitos de informes de sostenibilidad (CSRD) y de diligencia debida (CSDDD), con el objetivo de reducir cargas administrativas y potenciar la competitividad de las empresas en la UE. [consilium.europa.eu], [consilium.europa.eu]
Cambios en la Directiva CSRD
- Se elevan los umbrales mínimos para su aplicación: a empresas con más de 1 000 empleados y con una facturación neta superior a 450 M €.
- Se excluyen del ámbito las PYMES cotizadas y las sociedades holding financieras, y se otorga una exención transitoria para 2025 y 2026 a las empresas que comenzaron a informar en 2024 (“ola uno”).
- Se incorpora una cláusula de revisión para considerar futuros ajustes en su alcance.
Cambios en la Directiva CSDDD
- Se elevan los umbrales a 5 000 empleados y 1 500 M € de facturación neta.
- Se adopta un enfoque basado en riesgo, centrado en las áreas de la cadena de suministro con mayores impactos, sin necesidad de mapear toda la cadena de valor ni elaborar un plan de transición climática.
- Se elimina la exigencia de un régimen armonizado de responsabilidad civil, sustituyéndolo por revisión futura, y se establece un límite de sanciones del 3 % de la facturación neta mundial.
- Se pospone la transposición de la directiva al 26 de julio de 2028, con cumplimiento obligatorio antes de julio de 2029.
Próximos pasos
El acuerdo deberá ahora obtener la ratificación formal por parte del Consejo y el Parlamento Europeo antes de su adopción definitiva.
Este paquete normativo alivia la carga informativa y operativa especialmente para las empresas de menor tamaño, enfocando los esfuerzos regulatorios en las compañías con mayor impacto en el entorno económico y medioambiental.